jueves, 5 de noviembre de 2020

¿QUÉ ESTÁ PASANDO EL MINISTERIO PÚBLICO DE MIRAFLORES?

📌Gran desazón nos ha dejado la decisión del fiscal Guillermo Martín PEÑALOZA GIRAO (53) de archivar una denuncia, decisión impugnable por si acaso, contra una empresa-fachada de nombre TURISTEA S.A.C. que se dedicaba a ofrecer viajes al público. Dos clientes cayeron en las fauces de esta empresa que resultó no tener fondos para girar cheques y encima ni siquiera pagó los boletos de avión que requerían con urgencia estas dos personas para regresar a casa.

El fiscal que archivó el caso 1004-2018
Fiscal provincial Guillermo Martín PEÑALOZA GIRAO.

📃La historia es la siguiente: La señora Edda Carmela GALARZA GUILLEN paga a un tal Orlando Rodrigo HIDALGO SILVA, que hacía de "corredor" de Turistea S.A.C., para que compre unos pasajes a favor de unos pasajeros que tenían que venir de Japón a Lima. Hidalgo le da el dinero a Abel CUZCANO BUSTINZA, representante legal-gerente general de Turistea S.A.C., para que compre los pasajes pero resulta que no pagó los boletos de regreso a casa. Pues cuando los pasajeros intentan abordar el vuelo que los traería a Lima, los encargados de transportes los detienen advirtiéndoles que los pasajes no habían sido pagados. Hidalgo y Cuzcano atribuyen un supuesto error de la línea aérea al no haber embarcado a los pasajeros y se comprometían a devolver el dinero en 30 días, promesa que jamás ocurrió y lo que es peor: se descubrió que no habían pagado ni un centavo a la línea aérea. Luego de cometer esta fechoría, Orlando Hidalgo y Abel Cuzcano abandonan las oficinas donde funcionaba la empresa Turistea S.A.C., incluso, Cuzcano se da la ocasión de renunciar al cargo de gerente general de la empresa de marras. Pollitos en fuga. Pero el caso no se cierra en esas dos personas, pues en el transcurso del tiempo, apareció un nombre clave: Jorge Fermín BEDOYA MATTAZOGLIO (31), quien fue delatado por Cuzcano Bustinza. La hipótesis que surge del caso apunta a que Jorge Bedoya sería el autor de estas sacadas de vuelta a la ley, mientras que Hidalgo apenas uno que cayó en la oferta de aquel, pues alega que lo engañaron en otras ocasiones y tuvo que devolver, sacando de su bolsillo, la plata a las víctimas, y Cuzcano un socio, cuando no cómplice, por excelencia que aceptó ocupar la gerencia de la empresa para capturar usuarios a los que vender boletos truchos y girar cheques sin fondo. Hasta el cierre de esta edición, Bedoya no ha brindado su declaración por este caso.

📌La historia pasa a policiales, luego que la denuncia aterrizara bajo el rótulo de carpeta fiscal 1004-2018 en el despacho del fiscal Guillermo Martín PEÑALOZA GIRAO, de la Segunda Fiscalía Provincial Penal de Miraflores. Las personas que figuran en la lista de denunciados: TURISTEA S.A.C., ABEL CUZCANO BUSTINZA, JORGE BEDOYA MATTAZOGLIO y LOS QUE RESULTEN RESPONSABLES (L.Q.R.R.). La denunciante aportó los documentos que demandan el caso y dio cuenta en la investigación fiscal de este caso, que Bedoya registraba denuncias similares, que también tiene que ver con estafa y delitos afines, como lo que sucedió con los alumnos de la Universidad San Martín de Porres.

📌Pero el 9 de octubre de 2020, el fiscal Peñaloza, dio a conocer que se decidió por el archivo del caso en su texto de 11 páginas que mostramos en esta publicación. De arranque este fiscal ya nos da una pista de su decisión: si los hechos denunciados carecen de contenido penal o la conducta imputada no se subsume a ilícito penal alguno, debe desestimarse la misma, declarando que no procede promover la acción penal correspondiente, conforme facultativamente autoriza el Art. 94° inc. 2) de la Ley Orgánica del Ministerio Público - "Decreto Legislativo N° 052"

📌Y eso es lo que nos ofrece el fiscal, su texto, su prosa, sus palabras de letrado representan el esfuerzo por resignarnos a aceptar que en este caso no va a pasar nada. Que el derecho penal esta vez no será un aliado para defender los derechos de personas que buscan justicia luego de que unos tipejos les hicieran el avión con unos boletos bamba, pirateados, cachineros, etc. Cuatro párrafos pesados para que la balanza se incline por el archivo de la denuncia. 

Aquí hay tres delitos en juego y que merecerían darlos en propiedad a los denunciados:

🟦Delito contra el patrimonio - Estafa agravada (Art. 196°-A del Código Penal).

🟦Delito contra la confianza y la buena fe en los negocios - Libramiento indebido (Art. 215° del Código Penal).

🟦Delito contra la tranquilidad pública - Banda criminal (Art. 137 del Código Penal)

📌En su página 6 menciona: Finalmente, para poder calificar un hecho como jurídico-penalmente relevante y poder incoar la acción penal correspondiente, es necesario verificar, luego de realizar las investigaciones preliminares pertinentes y recabadas, los elementos de prueba pertinentes, que concurran los elementos del delito, esto es, que la conducta atribuida a los investigados resulte ser típica, antijurídica y culpable. Puesto que para calificar como delito un hecho determinado, es necesario establecer que efectivamente se produjo la conducta por parte de los investigados, y si este se encuentra dentro del tipo penal denunciado, y así poder determinar si dicha conducta es contraria al ordenamiento jurídico penal vigente al momento de producidos los hechos; y a su vez, es necesario verificar si la conducta resulta imputable al presente autor y si no concurre alguna causal de justificación y/o eximente de responsabilidad penal.

📌Y en la página 8 se va con todo (inicia su disque análisis sobre los hechos). Comienza recapitulando el caso y enfocándose primero en el delito de Estafa agravada (Art. 196°-A del Código Penal) alegando que este pleito no escapa de las cuatro paredes del derecho civil, que la contienda tiene que ver con una devolución de pago, rematando con la siguiente oración de antología para los anales fiscales: "no llegándose a apreciar que los investigados hayan tenido la voluntad para perjudicar a los recurrentes". Pero en la realidad, tan alejada de la creencia del señor representante del Ministerio Público de Miraflores, ni siquiera ha prestado su declaración el principal involucrado, por no decir cabecilla, Jorge BEDOYA MATTAZOGLIO. ¿Cómo entonces el fiscal puede hablar por todos, decir "los investigados", cuando esa pluralidad no se ha completado?

📌Menciona luego que "el incumplimiento por parte de los imputados al no realizar el pago total a los denunciantes, no constituyen per se ilícito penal". Y ya para qué seguir transcribiendo sus argumentos si nos llaman a sacar las gravol. Parece que este señor que se supone tiene que perseguir el delito, tiene una apatía por enfrentarlo. También parece que el señor fiscal de Miraflores es de la idea que el dinero que se paga por un servicio es de propiedad pública, que el dinero es de todos, y que la fiscalía no abrirá sus puertas a quienes denuncien a estos personajes que no cumplen con el servicio pese a que se ha pagado por ello y encima se quedan con la plata, características que encajan perfectamente en el perfil de un estafador. Un contrato no implica incompatibilidad con el derecho penal, al contrario, las partes firmantes se someten no solo a las penalidades contractuales, sino también a que otras ramas del derecho intervengan cuando no se cumplen con las obligaciones. 

📌Más adelante, nos topamos con su análisis sobre del delito de Libramiento indebido (Art. 215° del Código Penal) en donde el señor fiscal no continúa la carrera de perseguir el delito porque según él "la denunciante no habría efectuado el requerimiento notarial de la petición del pago dirigido al denunciado". Y que "se advierte que en el presente caso no se ha efectuado el requerimiento previo del agente sobre la falta de pago del título valor; por lo que al no concurrir dicho requisito de procedibilidad, merece que la presente investigación sea archivada con respecto a este extremo". Lo cierto es que la agraviada y también denunciante, Edda Carmela Galarza Guillén, envió la carta notarial N° 65992 del 15 de setiembre del 2018. Además de ello, enviaron correos electrónicos a los denunciados, y que incluso tuvieron la oportunidad de responderlos. Pero la cereza en el chantillí es que uno los denunciados, Abel Cuzcano Bustinza, ha declarado que sí respondió los correos. Esto nos lleva a reflexionar o mal pensar ¿qué le ha pasado al fiscal Peñaloza? ¿Le sirvieron mal el café en la mañana? ¿Tuvo una semana pesada y decidió desquitarse con los usuarios del Ministerio Público, las víctimas de los delitos? Pero como si eso no le bastara, apela a la exquisitez legal, al formalismo puro y duro, a la duda tramposa, señala que "en los actuados no obra el cheque original materia de investigación, por lo que no se puede determinarse manera fehaciente que el referido título valor haya sido protestado". Se presentó una copia certificada del cheque que giró el denunciado porque la denunciante temía que el original se pierda. Imagínense que se entregaba el cheque original, conociendo las mañas de este fiscal; difícil no pensar que el extravío no iba a ser un hecho ajeno al documento.

📌Así estamos. Y esto que acabamos de hablar representa el común denominador de los fiscales con vocación por el archivo y defensa implícita de los imputados: alejar al derecho penal de los ciudadanos e indicar que las controversias se tienen que resolver en otros tribunales menos los penales. Que el castigo penal no es un remedio legal para combatir las prácticas que lindan con el delito, sino que el ring donde se resuelve el pleito está fuera de la fiscalía o juzgado penal. Qué tal con...ciencia.

📌Generaría algo de alivio si se presenta una queja de derecho contra esas piruetas resumidas en una disposición fiscal de archivo. Y nosotros que creíamos que este tipo de esperpentos solo podían aparecer en la fiscalía de Lima Norte (donde el caso Collique fue víctima de sobreseimientos, prescripciones, etc.), metimos la pata creyendo ello. Esperemos que un fiscal superior le de un jalón de orejas legal a este fiscal que les ha lanzado un espontáneo salvavidas a quienes buscan fugarse por las aguas turbias del mar de los delitos económicos, donde pueden ser pescados por los anzuelos de verdaderos perseguidores del delito y no de fiscales que al final resultan ser la defensa técnica del imputado.

Disposición de Archivo Definitivo 9 Oct 2020 - Ingreso 1004-2018 (Caso Boletos de Viaje) Miraflores - 11 Pá... by Dylan Lopez-E on Scribd

2 comentarios:

  1. He visto que luego la modelo Flavia Laos también ha denunciado a Jorge Bedoya Matazoglio por haberla estafado con unos pasajes

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